Estimadas familias,
El próximo 27 de Marzo se celebrarán de nuevo las votaciones para la renovación de los representantes de padres y madres para el consejo escolar. Se procede a renovar tal y como marca la normativa oficial, dos puestos.
Como máximo se puede votar a dos personas.
Pueden consultar AQUÍ la Orden por la que se regulan la composición y el procedimiento para la constitución y la renovación de los Consejos Escolares de los centros educativos sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Como máximo se puede votar a dos personas.
Pueden consultar AQUÍ la Orden por la que se regulan la composición y el procedimiento para la constitución y la renovación de los Consejos Escolares de los centros educativos sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Desde el AMPA se siguen presentando una lista de candidatas comprometidas en la defensa de los intereses del colectivo de las familias, que garantizan una representación firme, que pueda trasladar al Consejo Escolar las decisiones y propuestas. Estas personas conocen el funcionamiento de nuestro colegio, sus objetivos y van a ser los mejores defensoras de los intereses del colectivo de familias.
CANDIDATAS:
- Sara García Perdomo, madre de Valeria, 1º de Primaria
- Ana Mª Martínez Moreno, madre de Mario, Infantil 5 años
- Clara Elena Guzmán Afonso, madre de Carla, Infantil 5 años
El voto NO SE PUEDE DELEGAR y votarán los padres (padre y/o madre) inscritos en el censo electoral que puedes consultar en el colegio. Para cualquier duda puedes ponerte en contacto con nosotros y te la aclararemos, pero no olvides:
- Acercarte por el tablón de anuncios del centro y comprobar que tu datos son correctos en el censo ya publicado.
- Valorar tu voto como importante en la educación de tu hijo o hija.
- Podéis votar el padre y la madre (ambos) o los tutores legales.
- Para votar debéis acudir el día de la votación con un documento acreditativo (DNI, pasaporte, permiso de conducir, tarjeta de residente…)
Tu participación es importante, no delegues en los demás tu responsabilidad como padre o madre y acude a votar. Es el momento de que tu voz se oiga en el consejo Escolar de tu centro. No dejes que decidan otros por ti
¿QUÉ ES EL CONSEJO ESCOLAR?
Es el principal órgano de participación, gestión y control de los centros educativos. Es decir, son el principal instrumento a través del cual familias, profesorado y personal no docente de los centros escolares, participan en la toma de decisiones más importantes de los mismos.
Nos encontramos ante un derecho, el de la participación de las familias en los centros escolares de nuestros hijos e hijas, legalmente constituido y reconocido. Pero, para poder ejercer plenamente nuestra participación, es indispensable conocer las características de este órgano, su funcionamiento y la trascendencia que para nuestros hijos e hijas, tiene que nosotros, como familias, estemos presentes participando activamente en las decisiones que en el mismo se adopten.
Las elecciones a Consejos Escolares suponen la oportunidad de democratizar los centros, de consolidar la participación como instrumento de calidad del sistema educativo, de ejemplo de convivencia pacífica y tolerante entre todos.
En el marco de la autonomía pedagógica y organizativa que los centros tienen, debemos situar la importancia del buen funcionamiento del Consejo Escolar, que contribuirá a la representación y participación de todos los sectores de la comunidad educativa por un lado, y al imprescindible control en la gestión de los centros, por otro. Todo el Sistema Educativo debe ser controlado y debe rendir cuentas en su gestión, porque sólo así podremos hablar de un servicio público eficiente y de calidad.
¿QUÉ COMPETENCIAS TIENE?
El Consejo Escolar del centro tendrá las siguientes competencias (bastante reducido su poder de decisión con la LOMCE):
a) Establecer las directrices para la elaboración del proyecto educativo, del proyecto de gestión y de las normas de organización y funcionamiento del centro, de acuerdo con criterios de calidad y equidad educativa.
b) Aprobar y evaluar el proyecto educativo, el proyecto de gestión y las normas de organización y funcionamiento del centro, sin perjuicio de las competencias que el Claustro del profesorado tiene atribuidas respecto a la concreción del currículo y a todos los aspectos educativos.
c) Aprobar y evaluar la programación general anual del centro docente, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado en relación con la planificación y organización docente, y aprobar las propuestas de mejora.
d) Aprobar el proyecto de presupuesto del centro de acuerdo con lo establecido en su proyecto de gesón, así como supervisar su ejecución y aprobar la liquidación del mismo.
e) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipamiento escolar, así como aprobar la obtención de recursos económicos complementarios de acuerdo con los límites recogidos en la normativa vigente y los que establezca la Administración educativa.
f) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos y candidatas.
e) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipamiento escolar, así como aprobar la obtención de recursos económicos complementarios de acuerdo con los límites recogidos en la normativa vigente y los que establezca la Administración educativa.
f) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos y candidatas.
g) Participar en la selección de la persona que ejerza la dirección del centro en los términos que se establezca en la normativa específica, ser informado del nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, así como participar en la evaluación del desempeño de la función directiva, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 26 del Decreto 106/2009.
h) Proponer en su caso, la revocación del nombramiento de la persona titular de la dirección, previo acuerdo motivado de sus miembros adoptado por mayoría de dos tercios del total de miembros que conforman el Consejo Escolar.
i) Proponer y aprobar medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro docente, la compensación de desigualdades, la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social y la igualdad entre hombres y mujeres.
j) Conocer la resolución de los conflictos de convivencia y velar por que se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por la dirección correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres y madres, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
j) Conocer la resolución de los conflictos de convivencia y velar por que se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por la dirección correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres y madres, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas.
k) Decidir sobre la admisión del alumnado con sujeción a lo establecido en la normativa específica en esta materia.
l) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros docentes, o con entidades y organismos públicos o privados.
m) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro docente, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
n) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración educativa, sobre el funcionamiento del centro docente y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad del mismo.
ñ) Determinar los criterios sobre la participación del centro en actividades culturales, deportivas y recreativas realizadas dentro y fuera del centro, y en aquellas otras acciones a las que el centro pudiera prestar su colaboración.
ñ) Determinar los criterios sobre la participación del centro en actividades culturales, deportivas y recreativas realizadas dentro y fuera del centro, y en aquellas otras acciones a las que el centro pudiera prestar su colaboración.
o) Establecer criterios y actuaciones para conseguir una relación fluida y participativa entre este órgano colegiado de gobierno y todos los sectores de la comunidad educativa y promover las relaciones y la colaboración escuela-familia.
p) Solicitar, a los servicios de apoyo, a otras instituciones o a expertos los informes y el asesoramiento que se considere oportuno, y constituir comisiones con carácter estable o puntual para la realización de estudios o trabajos.
q) Cualesquiera otras que le sean atribuidas legal o reglamentariamente.
Un cordial saludo,
AMPA El Draguillo
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